Resumen del Artículo Disposición transitoria vigesimosexta

Artículo Disposición transitoria vigesimosexta del Impuesto sobre Sociedades Foral de Navarra (ISNav) — Disposición transitoria vigesimosexta. Determinación de la cuota líquida y de la tributación mínima en el supuesto de deducciones por doble imposición interna pendientes de aplicar. Las deducciones para evitar la doble imposición interna regulada en el artículo 59 de la Ley…

ISNavVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

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Disposición transitoria vigesimosexta. Determinación de la cuota líquida y de la tributación mínima en el supuesto de deducciones por doble imposición interna pendientes de aplicar.

Las deducciones para evitar la doble imposición interna regulada en el artículo 59 de la Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades, pendientes de aplicación en los periodos impositivos iniciados a partir del 1 enero de 2017 minorarán:

a) la cuota íntegra, a efectos de determinar la cuota líquida regulada en el artículo 52.2 de esta ley foral,

b) la base liquidable, en la forma establecida en la normativa vigente a 31 de diciembre de 2016, a efectos de determinar la tributación mínima regulada en el artículo 53 de esta ley foral.

Norma publicada: 28 de diciembre de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria vigesimosexta

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria vigesimosexta del ISNav?

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¿El Artículo Disposición transitoria vigesimosexta del ISNav está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria vigesimosexta dentro del ISNav?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO XI.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria vigesimosexta?

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